TEL 915 219 758
Instagram Facebook Twitter Youtube
Plataforma Educamos

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de tus hábitos de navegación. Si continúa navegando, usted está aceptando su uso. Para ver nuestra Política de Cookies haga clic en Más info

Aceptar

Criterios de promoción en primaria según LOMLOE

 

Os presentamos los nuevos criterios de promoción que contiene la nueva ley de educación LOMLOE:

 

Según el Real Decreto 157/2022 de 1 de marzo por el que se regula de noviembre por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de Educación Primaria, la evaluación y la promoción del alumnado será de la siguiente manera:

Artículo 14: Evaluación
1. La evaluación del alumnado será global, continua y formativa, y tendrá en cuenta el grado de desarrollo de las competencias clave y su progreso en el conjunto de los procesos de aprendizaje.

2. En el contexto de este proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado, se establecerán medidas de refuerzo educativo. Estas medidas deberán adoptarse tan pronto como se detecten las dificultades y estarán dirigidas a garantizar la adquisición de los aprendizajes imprescindibles para continuar el proceso educativo.

3. Las administraciones educativas desarrollarán orientaciones para que los centros docentes puedan elaborar planes de refuerzo o de enriquecimiento curricular que permitan mejorar el nivel competencial del alumnado que lo requiera.

4. El profesorado evaluará tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente.

5. Con independencia del seguimiento realizado a lo largo del curso, el equipo docente, coordinado por el tutor o la tutora del grupo, valorará, de forma colegiada, el progreso del alumnado en una única sesión de evaluación que tendrá lugar al finalizar el curso escolar.

6. Igualmente, se promoverá el uso generalizado de instrumentos de evaluación variados, diversos, accesibles y adaptados a las distintas situaciones de aprendizaje que permitan la valoración objetiva de todo el alumnado.

Artículo 15. Promoción.

1. Al final de cada ciclo, el equipo docente adoptará las decisiones relativas a la promoción del alumnado de manera colegiada, tomando especialmente en consideración la información y el criterio del tutor o la tutora.

2. El alumnado recibirá los apoyos necesarios para recuperar los aprendizajes que no hubiera alcanzado durante el curso anterior.

3. Si en algún caso y tras haber aplicado las medidas ordinarias suficientes, adecuadas y personalizadas para atender el desfase curricular o las dificultades de aprendizaje del alumno o la alumna, el equipo docente considera que la permanencia un año más en el mismo curso es la medida más adecuada para favorecer su desarrollo, se organizará un plan específico de refuerzo para que, durante ese curso, pueda alcanzar el grado esperado de adquisición de las competencias correspondientes. Esta decisión solo se podrá adoptar una vez durante la etapa y tendrá, en todo caso, carácter excepcional.

4. Al finalizar cada uno de los ciclos, el tutor o la tutora emitirá un informe sobre el grado de adquisición de las competencias clave por parte de cada alumno o alumna, indicando en su caso las medidas de refuerzo que se deben contemplar en el ciclo o etapa siguiente.

5. Con el fin de garantizar la continuidad del proceso de formación del alumnado, cada alumno o alumna dispondrá al finalizar la etapa de un informe sobre su evolución y el grado de desarrollo de las competencias clave, según lo dispuesto por las administraciones educativas.

Resultados de la evaluación:

Los resultados de la evaluación en la Educación Primaria se expresarán en los siguientes términos: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT), Sobresaliente (SB), considerándose calificación negativa el Insuficiente y positivas todas las demás.

Artículo 16 Atención a las diferencias individuales

1. Se pondrá especial énfasis en la atención individualizada a los alumnos/as, en la detección precoz de sus necesidades específicas y en el establecimiento de mecanismos de apoyo y refuerzo para evitar la permanencia en un mismo curso, particularmente en entornos socialmente desfavorecidos.

Artículo 17. Alumnado con NEE

4.- Los referentes de la evaluación serán los incluidos en las adaptaciones curriculares, sin que este hecho pueda impedirles promocionar de ciclo o de etapa.
984/2021 16 de noviembre. Cuando las circunstancias personales del alumno/a con NEE lo aconsejen para la consecución de los objetivos de la enseñanza básica, este alumnado podrá prolongar un curso adicional su escolarización. Estas circunstancias podrán ser permanentes o transitorias y deberán estar suficientemente acreditadas.

Artículo 22. Evaluación de diagnóstico

1. En el cuarto curso de Educación Primaria, todos los centros realizan una evaluación de diagnóstico de las competencias adquiridas por su alumnado. Que tendrá carácter informativo, formativo y orientador para los centros, para el profesorado, para el alumnado y sus familias o tutores legales y para el conjunto de la comunidad educativa. Esta evaluación de carácter censal, tendrá como marco de referencia el establecido de acuerdo con el artículo 144.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

CRITERIOS DE PROMOCIÓN DE EDUCACIÓN PRIMARIA

  • La repetición en la educación básica debe ser considerada una medida excepcional que solo se podrá adoptar una vez durante la Educación Primaria.
  • El equipo docente adoptará las decisiones correspondientes sobre la promoción del alumnado de manera colegiada, tomando especialmente en consideración la información y el criterio del profesor tutor.
  • Se accede al curso o la etapa siguiente cuando el equipo docente estime que los aprendizajes que, en su caso no se hubieran alcanzado no impiden al alumno/a seguir con su aprovechamiento su formación. En todo caso, promocionarán quienes, a juicio del equipo docente, hayan alcanzado el desarrollo correspondiente de las competencias básicas y el adecuado grado de madurez.
  • El alumnado recibirá los apoyos necesarios para recuperar los aprendizajes que no hubiera alcanzado el curso anterior.
  • Los tutores de 2º y 4º emitirán al finalizar el curso un informe sobre el grado de adquisición de las competencias de cada alumno/a, indicando en su caso las medidas de refuerzo que se deben contemplar en el ciclo siguiente.
  • Cada alumno/a al finalizar la etapa dispondrá de un informe sobre su evolución y las competencias desarrolladas.
  • Las decisiones sobre la promoción se adoptarán al finalizar los cursos Segundo, Cuarto y Sexto, siendo automática en el resto de cursos de la etapa.
TOP